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viernes, 13 de noviembre de 2009

Las cosas en su justa medida

justicia

LAS COSAS EN  SU JUSTA MEDIDA
Francisco Picornell, abogado

Se está especulando en todo tipo de medios de comunicación con la hipótesis de que el cuerpo de Marta del Castillo no se encontrara. Si no se encuentra, se habla de una posible tipificación y de hecho así lo está haciendo el  Ministerio Fiscal, a tenor de lo que leemos en la prensa, como un delito de homicidio y/o asesinato. Se fundamentan en que el imputado principal, se ha confesado autor del mismo. Bien, vayamos por partes.

La ley de Enjuiciamiento Criminal, (artículo 406) dice que la confesión del procesado no dispensará al juez instructor de practicar todas la diligencias necesarias a fin de adquirir el convencimiento de la verdad  de la confesión y de la existencia del delito. Por un lado. En segundo término, si recurrimos a la Jurisprudencia no encontramos  ningún caso en el que se condene por homicidio y/o asesinato sin que aparezca el cuerpo, el cadáver.

Dos antecedentes existen en nuestro derecho punitivo que tiene idéntico desenlace en la jurisprudencia. Son el del conocido como “el caso del  Nany” que fue torturado y su cuerpo nunca apareció y el de Publio Cordón, secuestrado por un grupo terrorista que no dio señales del secuestrado  una vez pagado el rescate. Los procesados fueron condenados por varios delitos, ninguno de ellos era homicidio y/o asesinato. Uno de ellos, y es lo que nos interesa a efectos del presente escrito, era por Detención ilegal, en modalidad agravada, (en el antiguo Código Penal Artículo 483) actualmente tipificado en el artículo 166 del Código Penal de 1995, el vigente, que dice textualmente: “El reo de detención ilegal que no de razón del paradero de la persona detenida será castigado, según los casos, con las penas superiores en grado a las señaladas en los artículos anteriores de este capítulo, salvo que lo haya dejado en libertad”

Habría que acudir, en este caso, al artículo 163 3º del meritado texto punitivo, … “se impondrá le pena de prisión de cinco a ocho años si el encierro o detención ha durado mas de quince días”. Ello implica que la pena oscilaría entre los ocho y los dieciséis años (artículo 70 del Código Penal), lo que traducido a la realidad, será equivalente a la de un homicidio, que está castigado con una pena que va desde los 10 a los 15 años, y casi igual a la del asesinato, que se mueve entre los 15 y los 20 años de prisión.

Si difícil resulta la probanza del homicidio, mas difícil lo es la del asesinato, toda vez que para condenar por dicho delito hay que acreditar la concurrencia de una serie de circunstancias agravantes (alevosía, ensañamiento, precio, recompensa o promesa) que no se pueden demostrar sino es por un informe de autopsia. De mucha mayor imposibilidad probatoria resultaría la existencia de una posible violación.

Todos sabemos lo que sucedió con el llamado “Crimen de Cuenca” en el que una vez condenados por homicidio unos ciudadanos, el muerto apareció. Situándonos en el plano de la hipótesis, podemos imaginar que esta chica quisiera ausentarse de su casa, y se confabuló con el imputado para que hiciera toda la conducta hasta ahora desarrollada encaminada a que no la encontraran. Ya digo que es mera hipótesis, pero también podría entrar dentro de lo posible.

Esperemos a ver como se desarrollan los acontecimientos pues la sentencia promete ser interesante. En otra ocasión analizaré más vertientes que se plantean con el presente caso.

2 comentarios:

SF dijo...

Apreciado y admirado amigo Picornell:
Interesantes palabras las tuyas, sin duda.
Lo que esperamos todos es que se haga justicia y qué si esos señores son culpables paguen por ello. Podríamos ponernos en el caso también de que la chica fuese violada y posteriormente asesinada y arrojada al rio, perdiéndose el cadáver. ¿que ocurriría entonces? Por eso digo, que desde luego que no me gustaría esta en el pellejo del juez. Yo no pido más que la justicia para ambas partes.
Aunque lo que si es una realidad y de eso estamos siendo testigos todos los ciudadanos es la manera chulesca de cachondearse de la justicia que han tenido los presuntos asesinos. Eso si que no se debe tolerar, sobre todo por el daño que ello cause a la familia de la desaparecida.
Quizás lo que he expuesto esté escrito desde la más absoluta incultura, pero poneros por un momento en la piel de los padres de Marta del Castillo... ¿Lo habéis hecho? ¿Y qué tal? ¿Qué pensáis ahora?

Salludos.

Pacopi dijo...

Eso será objeto de otro escrito.
Picornell